Decálogo del Escribano

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Decálogo del Escribano

Por Julio Bardallo

1°) Vocación. Debes sentir el Notariado como una vocación, al servicio de la comunidad jurídica, para la realización del individuo como sujeto de derecho, en sus relaciones intersubjetivas.

2°) Veracidad. Debes sentir la verdad como fin irrenunciable, en todas las manifestaciones de la actividad profesional. Escribano y verdad deben ser consustanciales en la realidad y en el deber ser de cada uno.

3°) Probidad. La probidad debe ser la virtud de mayor destaque en el Escribano, en todos sus significados de bondad, rectitud de ánimo, hombría de bien, integridad y honradez en el obrar.

4°) Imparcialidad. Debes ser siempre imparcial, guardando equidistancia en la oposición de las pretensiones, ejerciendo, respecto de ellas, el poder equilibrante de lo justo consentido.

5°) Prudencia. Debes actuar con el máximo cuidado y despierta atención; analizar, prever y decidir lo adecuado a cada situación, eludiendo todas las circunstancias de riesgo.

6°) Sagacidad. Debes saber prevenir prospectivamente las consecuencias posibles de los actos confiados a tu conocimiento, idoneidad y técnica.

7°) Proteger la libertad. Debes cuidad la libertad de los sujetos jurídicos, para que su voluntad no sea desvirtuada por el engaño, la presión o la astucia.

8°) Desinterés. El interés y el deber pueden contraponerse. En ese caso, procede con desinterés y da prioridad a tus deberes.

9°) Responsabilidad. Debes asumir la plena responsabilidad de tus actos y reparar tus errores, rechazando las justificaciones que puedan dictar la suficiencia, el orgullo o la vanidad.

10°) Disciplina ética. Debes subordinarte a la ética profesional, fijada por las reglas y comportamientos tradicionales, absteniéndote de los actos que menoscaben los conceptos sociales de probidad y confianza que históricamente se atribuyen al Escribano.